Dos millones de facturas y ningún pagador · capítulo 7 de 7

Acobambilla no es calificable, y no es la excepción

La Municipalidad Distrital de Acobambilla dejó ocho documentos en el Registro Nacional de las MYPE Acreedoras del Estado a lo largo de la serie de cortes capturada el 3 de agosto de 2026, y ese historial no alcanza para que el método le publique una tasa de resolución. La municipalidad con la que abrió el libro no es calificable. Tampoco lo es la mayor parte del registro: de 2 429 entidades vistas a lo largo de la serie, solo 750 reúnen base suficiente para recibir una tasa. El acreedor cuyo único documento equivale a la mediana exacta del registro le cobra, entonces, a un pagador que ese mismo registro no permite calificar.

La Municipalidad Distrital de Acobambilla aparece por primera vez en el tercer corte del Registro Nacional de las MYPE Acreedoras del Estado, en el archivo fechado el 28 de noviembre de 2024, con dos documentos impagos por S/ 19 600,56. En los cortes siguientes la cuenta de documentos sube y el monto baja, y la tabla de más adelante trae corte por corte esas observaciones. Del séptimo corte en adelante la entidad figura con tres documentos abiertos, sin una sola variación.

Contados sin repetir, los documentos distintos que la entidad llegó a tener en toda la serie son ocho. Cinco de ellos dejaron de aparecer de un corte al siguiente y el registro los da por resueltos, que no es lo mismo que darlos por pagados. El resto seguía en el archivo del 1 de octubre de 2025, que es el último publicado.

El más antiguo de esos documentos abiertos lleva siete cortes dentro del registro. Ese siete y aquel ocho son los dos números que el primer capítulo de este libro no puso. Ese capítulo contó lo que estaba abierto al final de la serie, que es lo que se ve al mirar el archivo más reciente. Este cuenta lo que pasó por el registro desde que la entidad entró, que es la cuenta con la que se decide si una entidad puede ser medida.

Los cuatro números salen de un solo artefacto: serie_entidades.json, construido siguiendo documento por documento los 10 cortes del Registro Nacional de las MYPE Acreedoras del Estado, dato abierto capturado el 3 de agosto de 2026, cuyo sha256 empieza en 2aee394a63a3d1ec…. Ese archivo guarda, junto a la serie de cada entidad, el campo que decide si la entidad entra en la medición: cuántos documentos distintos pasaron por ella.

Por qué diez documentos y no dos

La entidad no llegó a este libro por deber mucho. Es un caso paradigmático y no extremo: uno de sus dos acreedores sostiene un solo documento por el monto mediano del registro, y lo que le ocurre a ella le ocurre al grueso del archivo. El seguimiento que la mide no mira totales, mira documentos. Cada fila del registro se identifica por la entidad deudora, el registro único de contribuyentes del acreedor y el número del documento, y esa clave se busca en el corte siguiente. Si reaparece, el documento sigue abierto. Si no reaparece, se cuenta como resuelto. La tasa de resolución de una entidad es la proporción de sus documentos históricos que dejaron de aparecer.

Seguir documentos en lugar de totales es lo que inmuniza la medición contra el crecimiento de la cobertura, porque un archivo que suma entidades nuevas infla su total sin que ninguna entidad haya empeorado. Esa proporción, en cambio, se convierte en ruido cuando el denominador es corto. Una entidad con dos documentos, de los cuales uno dejó de aparecer, marca la mitad, y esa mitad no describe conducta de pago: describe que tuvo dos documentos. El método fija por eso el denominador mínimo en diez documentos históricos y deja fuera de la tabla a toda entidad que no lo alcance. Ese número es una convención declarada de este trabajo y no un umbral derivado de evidencia externa.

Lo que sí es verificable es su efecto sobre el caso. La aritmética de la Municipalidad Distrital de Acobambilla da 62,50 %. Ese porcentaje sale de cinco documentos resueltos sobre los ocho que la entidad llegó a tener en toda la serie. El método no publica ese número. Lo deja del lado de las entidades sin dato, junto con el nombre de la entidad, el monto abierto y la antigüedad de su documento más viejo, que constan en el archivo y que por sí solos no permiten ordenar a un pagador frente a otro.

El piso tiene un costo y conviene decirlo. Deja fuera de la tabla a entidades con deuda abierta real, algunas con montos mayores que los de la mayoría de las entidades sí calificadas, y las deja fuera por una razón que no tiene que ver con su conducta sino con el tamaño de su historial dentro del archivo. La alternativa es peor: publicar una tasa de 0 % construida sobre un documento, que un comité de riesgos lee al lado de una tasa de 0 % construida sobre doscientos como si las dos midieran lo mismo. El piso no mide mejor, evita medir mal.

La segunda lectura vive dentro de la primera

El piso no es el único filtro que el método aplica, pero el segundo no abre una puerta paralela. El arrastre, que es la segunda lectura, cuenta en cuántos cortes distintos sobrevivió el documento abierto más antiguo de cada entidad y marca a las que llegan a ocho cortes o más. Ese recuento no corre sobre todas las entidades vistas: corre dentro de la base, solo sobre las que ya alcanzaron el piso de documentos, y da 326 entidades marcadas sobre las 750 con base suficiente.

Acobambilla no está en esa base, y eso la deja fuera también de la lectura de arrastre, aunque su documento abierto más antiguo lleve siete cortes dentro del registro y aunque ese arrastre sea exactamente el rasgo que el segundo recuento busca. La entidad no falla un umbral y después el otro. Falla el primero, y el primero decide si el segundo llega a mirarla.

Una entidad sin base suficiente no queda clasificada como buena. Queda sin clasificar, que es un resultado distinto y bastante más difícil de administrar.

Sin clasificar tampoco significa impaga, y resuelto no significa pagado. Un documento sale del registro por pago, por vía judicial, por compensación o porque la entidad corrigió lo que había declarado, y el archivo publicado no distingue cuál de las cuatro vías operó. Los cinco documentos que la municipalidad dejó de registrar salieron por alguna de ellas, y el registro no dice por cuál. El método cuenta salidas y no opina sobre la causa.

La serie entera, que el estado final esconde

CorteFecha del archivoDocumentos abiertosMonto abierto
328 de noviembre de 20242S/ 19 600,56
428 de noviembre de 20245S/ 10 058,56
528 de noviembre de 20245S/ 10 058,56
65 de diciembre de 20244S/ 12 808
79 de abril de 20253S/ 7 750
89 de abril de 20253S/ 7 750
920 de mayo de 20253S/ 7 750
101 de octubre de 20253S/ 7 750

Nota. Municipalidad Distrital de Acobambilla, Huancavelica, nivel gobierno local. Los cortes primero y segundo no registran a la entidad. La fecha es la de publicación del archivo, no la del documento impago. Documentos distintos vistos en toda la serie: ocho, de los cuales cinco dejaron de aparecer. Resuelto significa que el documento salió del registro, no que fue pagado. Elaboración propia sobre el Registro Nacional de las MYPE Acreedoras del Estado, dato abierto del Estado peruano, capturado el 3 de agosto de 2026.

Entre el tercer corte y el cuarto la entidad sumó documentos y bajó de monto. El archivo publicado no permite decir cuáles documentos salieron ni cuáles entraron: la serie guarda la cuenta y el monto de cada corte, no la identidad de cada documento dentro de él. Quien consulte solo el tercer corte lee una entidad con dos documentos. Quien consulte solo el último lee otra cosa. Las dos lecturas son exactas, y ninguna describe a la entidad, porque una foto no tiene denominador.

La misma tabla explica por qué el primer capítulo contó cuatro cortes con el mismo número y este cuenta tres fechas. Los cortes séptimo y octavo comparten el prefijo de su sha256 y su tamaño en bytes, y sus marcas de publicación distan veinticinco minutos dentro del mismo día: son el mismo archivo servido otra vez.

Los 10 cortes del registro llevan 6 fechas distintas, de modo que la serie de cada entidad trae menos observaciones independientes que filas. La quietud de Acobambilla entre abril y octubre de 2025 sigue siendo quietud, y se apoya en una observación menos de las que la tabla parece ofrecer a primera vista.

El caso muestra cómo una entidad sale de la medición. El registro completo muestra en cuántas ocurre. De 2 429 entidades vistas a lo largo de la serie, 750 reúnen la base que exige el piso, y las demás quedan en SIN_DATO, que no es cero ni es cien. La rotación entre cortes explica buena parte de ese resto: 262 entidades aparecen en un solo corte, entran y salen del archivo sin dejar historia que calificar, tengan la deuda que tengan.

Esa rotación tiene una contracara: solo 118 entidades aparecen en los 10 cortes, de modo que la historia larga es la excepción y no la regla dentro del archivo. La mediana de resolución de 64,30 %, publicada en el ebook anterior de esta serie, describe por eso a las entidades con base suficiente y no al conjunto del Estado peruano. El resto del registro no está midiendo bien ni mal: no está midiendo.

El analista que recibe una factura cedida contra el Estado ordena la ficha en un orden distinto del que trae el documento. Primero, el nombre de la unidad ejecutora que responde por el pago. Después, cuántos documentos acumuló esa unidad en la serie de cortes, porque de ese número depende que cualquier tasa signifique algo. Recién en tercer lugar, la tasa de resolución. El monto de la factura y el registro único de contribuyentes del cedente entran cuando esas tres casillas están llenas. En la Municipalidad Distrital de Acobambilla la segunda casilla dice ocho, y con ocho la tercera se deja vacía.

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